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Reintegro de devoluciones

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  • hace 3 días
  • 3 min de lectura

Derivado de la presentación de la declaración anual de personas físicas en las que resultó saldo a favor, se ha detectado que han recibido dos veces el depósito correspondiente (devolución automática y devolución manual).

 

A través de reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal se establece que, cuando los contribuyentes deban reintegrar alguna cantidad recibida indebidamente, deberán hacerlo mediante la línea de captura que se solicita conforme a la ficha de trámite 74/CFF "Solicitud de línea de captura para reintegros", contenida en el Anexo 2.

 

Fundamento legal

RMF 2026 – Regla 2.3.15. Reintegros

2.3.15. Para los efectos del artículo 22, décimo quinto párrafo del CFF, las personas físicas o morales que deban reintegrar alguna cantidad recibida en términos de dicho artículo deberán hacerlo a través de la línea de captura que se solicitará de conformidad con la ficha de trámite 74/CFF “Solicitud de línea de captura para reintegros”, contenida en el Anexo 2.

 

¿Cómo solicitar la línea de captura?

El contribuyente debe ingresar al portal del SAT para solicitar la línea de captura correspondiente.

 

A través del Portal del SAT (Solicitud de Servicio)

1.    Ingrese al portal del SAT, en la sección ¿Dónde puedo presentarlo?, y acceda a la ruta:

Trámites y servicios > Más trámites y servicios > Herramientas de cumplimiento > Presenta tu aclaración, orientación, servicio o solicitud > Presenta solicitudes o avisos > Pasos a seguir > Ingresa al servicio.

2.    Capture su RFC y Contraseña, y seleccione Iniciar sesión.

3.    Ingrese a: Servicios por Internet > Servicio o solicitudes > Solicitud.

4.    Requisita el formulario de la siguiente manera:

o   En el apartado Descripción del Servicio en Trámite: LÍNEA CAPTURA REINTEGRO.

o   Dirigido a: ADR.

o   Asunto: Solicitud de línea de captura para realizar el reintegro del monto obtenido por una devolución indebida.

o   Descripción: Señale el o los números de operación de la declaración en la que manifestó el saldo a favor indebido y el número de operación de la declaración con la que corrigió su situación fiscal, respecto de las cuales solicita la línea de captura.

o   Adjuntar archivo: elige en Examinar y selecciona los documentos en formato PDF que contienen la información que subirás, señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? y elige Cargar, selecciona Enviar.

5.    Obtenga y conserve el acuse de recepción que contiene el número de folio del trámite, el cual le permitirá dar seguimiento a su solicitud.

 

Trámite presencial

Si el contribuyente desea realizar el trámite de manera presencial, deberá acudir a las oficinas del SAT cumpliendo con los requisitos correspondientes.

 

Requisitos

 

En el Portal del SAT: 

Se deberá adjuntar un escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal, que contenga la siguiente información:

  • Nombre del contribuyente, denominación o razón social.

  • RFC del contribuyente.

  • Motivo de la solicitud.

  • Monto devuelto indebidamente.

  • Monto de los intereses pagados, en su caso.

  • Monto de la actualización y los recargos por cada concepto (devolución indebida e intereses).

  • Concepto del monto devuelto indebidamente.

  • Ejercicio y periodo.

  • Fecha en que se obtuvo de forma indebida la devolución.

  • Cuenta CLABE bancaria de 18 dígitos en la que se realizó el depósito y nombre de la institución financiera.

  • En su caso, la autoridad que instruyó la devolución (AGAFF, AGACE o AGGC).

  • Teléfono y correo electrónico de contacto.

 

En las oficinas del SAT:

Además del escrito libre señalado anteriormente, deberá presentarse:

1.    Identificación oficial vigente.

2.    En caso de representación legal, copia certificada y copia simple del documento con el que se acredite la representación.

3.    Escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal con la información requerida.

 

El reintegro debe realizarse a la brevedad posible, ya que la cantidad recibida indebidamente genera actualización y recargos por el periodo transcurrido desde la fecha en que se recibió la devolución hasta la fecha en que se efectúe el reintegro.

 

LCP Miguel Ángel Enríquez Ureña

 

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