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Reducción de la jornada laboral a 40 horas

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  • hace 13 minutos
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Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto mediante el cual se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral.


Con fecha del 1 de mayo de 2026 se realiza la publicación, sin embargo, la reducción de la jornada y la duración máxima del trabajo extraordinario se aplicarán de manera gradual.

Puntos importantes que considera el Decreto:


1.     La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta

horas semanales.

2.     La duración de la jornada diaria será de ocho horas la diurna, siete la nocturna

y siete horas y media la mixta.

3.     El trabajo extraordinario no excederá de doce horas en una semana, las

cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de

cuatro días en ese periodo.

4.     La suma de la jornada ordinaria y extraordinaria no podrá exceder de doce

horas diarias.

5.     Por cada seis días de trabajo se deberá otorgar, por lo menos, un día de

descanso con goce de salario íntegro.

6.    Registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora,

incluyendo hora de entrada y salida, y ponerla a disposición de la autoridad

cuando sea requerida. Esta disposición entra en vigor el 1 de enero de 2027, y

su incumplimiento puede ser sancionado con multas de 250 a 5,000 UMA.


Duración de la jornada semanal

La duración de la jornada laboral se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año correspondiente, conforme a lo siguiente:


Año

Horas de la jornada semanal

2026

48

2027

46

2028

44

2029

42

2030

40




Horas extraordinarias

La duración de la jornada extraordinaria se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año correspondiente, conforme a lo siguiente:


Año

Horas de límite semanal

2026

9

2027

9

2028

10

2029

11

2030

12


Ajuste de sueldos


La reducción de la jornada laboral no implicará en ningún caso la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.


Esta publicación en el DOF está relacionada con la publicación del Decreto por el que se reforman las fracciones IV y XI del Apartado A del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de la jornada laboral, de fecha 03/03/2026.


LCP Miguel Ángel Enríquez Ureña


 

 

 

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