Reducción de la jornada laboral a 40 horas
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Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto mediante el cual se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral.
Con fecha del 1 de mayo de 2026 se realiza la publicación, sin embargo, la reducción de la jornada y la duración máxima del trabajo extraordinario se aplicarán de manera gradual.
Puntos importantes que considera el Decreto:
1. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta
horas semanales.
2. La duración de la jornada diaria será de ocho horas la diurna, siete la nocturna
y siete horas y media la mixta.
3. El trabajo extraordinario no excederá de doce horas en una semana, las
cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de
cuatro días en ese periodo.
4. La suma de la jornada ordinaria y extraordinaria no podrá exceder de doce
horas diarias.
5. Por cada seis días de trabajo se deberá otorgar, por lo menos, un día de
descanso con goce de salario íntegro.
6. Registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora,
incluyendo hora de entrada y salida, y ponerla a disposición de la autoridad
cuando sea requerida. Esta disposición entra en vigor el 1 de enero de 2027, y
su incumplimiento puede ser sancionado con multas de 250 a 5,000 UMA.
Duración de la jornada semanal
La duración de la jornada laboral se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año correspondiente, conforme a lo siguiente:
Año | Horas de la jornada semanal |
2026 | 48 |
2027 | 46 |
2028 | 44 |
2029 | 42 |
2030 | 40 |
Horas extraordinarias
La duración de la jornada extraordinaria se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año correspondiente, conforme a lo siguiente:
Año | Horas de límite semanal |
2026 | 9 |
2027 | 9 |
2028 | 10 |
2029 | 11 |
2030 | 12 |
Ajuste de sueldos
La reducción de la jornada laboral no implicará en ningún caso la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.
Esta publicación en el DOF está relacionada con la publicación del Decreto por el que se reforman las fracciones IV y XI del Apartado A del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de la jornada laboral, de fecha 03/03/2026.
LCP Miguel Ángel Enríquez Ureña




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