PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo
Se publicó en el DOF un proyecto en materia de seguridad y salud para las personas teletrabajadoras.
La intención de esta publicación es a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de publicación, presenten comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, en sus oficinas, sitas en Av. Félix Cuevas No. 301, piso 6, colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03100, teléfono 55 3067 3000, extensión 63580, o al correo electrónico: dgsst@stps.gob.mx.
El proyecto contempla las medidas de prevención de riesgos que deben adoptarse en los lugares de trabajo, en donde las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo (personas teletrabajadoras) lleven a cabo sus actividades.
El proyecto aplicará solo para el desarrollo de actividades que utilicen las personas teletrabajadoras con las tecnologías de la información y comunicación, con más del 40 por ciento de su jornada laboral semanal.
El proyecto contempla el siguiente índice:
1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Referencias
4. Definiciones
5. Obligaciones del patrón
6. Obligaciones de las personas teletrabajadoras
7. Condiciones de seguridad y salud en el trabajo
8. Capacitación y adiestramiento
9. Organismos de Evaluación de la Conformidad
10. Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad
11. Vigilancia
12. Bibliografía
13. Concordancia con normas internacionales
A través de transitorios dan a conocer 5 guías de referencia.
TRANSITORIOS.
GUÍA DE REFERENCIA 1. Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo.
GUÍA DE REFERENCIA 2. Selección de candidatos para el Teletrabajo.
GUÍA DE REFERENCIA 3. Recomendaciones de actividades previas a Teletrabajar.
GUÍA DE REFERENCIA 4. Política de Teletrabajo.
GUÍA DE REFERENCIA 5. Recomendaciones para seleccionar una silla ergonómica.
El proyecto contiene obligaciones para el patrón y para el trabajador dentro de las cuales destacan:
Para el patrón: Disponer de un listado actualizado de las personas teletrabajadoras, contar con condiciones de seguridad y salud en el trabajo; haciendo énfasis en el buen estado de las instalaciones eléctricas, iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas, establecer la duración del horario de labores o la distribución de los horarios de las jornadas de trabajo, señalar los derechos de las personas teletrabajadoras, realizar una visita al lugar de trabajo donde se realiza el teletrabajo, establecer y documentar, en su caso, el proceso de implementación del teletrabajo para el centro de trabajo, entre otras.
Para el trabajador: brindar al Patrón, si está de acuerdo el trabajador, las facilidades por escrito para una comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, observar la política de teletrabajo que establezca el patrón, resguardar y conservar en buen estado los equipos, materiales, útiles y mobiliario, informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal, desde donde realiza las actividades de teletrabajo.
De la siguiente liga puede descargase el proyecto publicado en el DOF el 15/07/2022:
https://dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.phpcodnota=5658278&fecha=15/07/2022&cod_diario=300042
LCP Miguel Ángel Enríquez Ureña
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