Con fecha 31 de julio de 2021, se publica en el DOF un DECRETO por el que se reforman los artículos transitorios primero, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo del "Decreto en materia de Subcontratación Laboral", publicado el 23 de abril de 2021.
La modificación es para ampliar el plazo de la entrada en vigor de algunas disposiciones, en lugar de hacer referencia al plazo de 90 días naturales, contados a partir de la publicación de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 15, ahora se hace referencia al 01 de septiembre de 2021.
Se muestra un cuadro comparativo de los artículos transitorios que sufrieron modificación:
LCP Miguel Ángel Enríquez Ureña
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