Prepárate para tu anual de persona física 2025
- Software Fácil®

- 24 sept
- 2 Min. de lectura
Estamos por iniciar el último trimestre del ejercicio 2025 y, si eres persona física obligada (u optante) a presentar tu declaración anual, este es el momento ideal para revisar tu información.
Cada abril, muchas personas físicas presentan su declaración anual y descubren errores en la información precargada o la ausencia de datos que podrían beneficiarlas. Para evitarlo, se recomienda revisar y, en su caso, corregir desde ahora la información del ejercicio 2025, de modo que en abril de 2026 puedas presentar tu anual sin contratiempos.
A continuación, se enlistan los puntos a considerar para que la declaración de 2025 se presente de manera adecuada:
Pagos provisionales: Verifica que los ingresos declarados mensualmente coincidan con las facturas emitidas y recibidas, incluyendo forma y método de pago.
Deducciones autorizadas: Algunos contribuyentes tienen la posibilidad de manifestar deducciones autorizadas, tanto en las declaraciones provisionales como en la anual, esto depende del régimen fiscal en el cual tributen. Deben contar con CFDI válido, pago efectivo y registro contable. Aplican en regímenes como: Actividad empresarial y profesional, RIF, Plataformas con opción de pagos provisionales, Arrendamiento con deducciones autorizadas y Enajenación de bienes. No aplican en Sueldos y Salarios, Dividendos, Intereses ni RESICO.
Deducciones personales: las personas físicas (Excepto el RESICO persona física y el RIF) pueden contemplar en su declaración las deducciones personales que se enlistan en el artículo 151 o los estímulos de depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro y los estímulos de colegiaturas. Verifica en el Visor de deducciones personales del SAT que existan CFDI válidos y sin inconsistencias.
Visor de nóminas: En la página del SAT existe un visor de nóminas que muestra el acumulado.
Si recibes sueldos y salarios o asimilados, valida tus ingresos acumulados, exentos y retenciones.
Si eres patrón, verifica que tus nóminas estén timbradas correctamente para deducciones provisionales y/o anuales.
Otros ingresos: Existen algunos ingresos que se contemplaran únicamente en la declaración anual, eso implica que se debe sumar la totalidad de tus ingresos y hacer un cálculo anualizado, por ejemplo, lo ingresos por intereses y los ingresos por dividendos se deben incluir en la declaración anual. Existen algunos ingresos que no se reflejan en la declaración anual por considerarse como retención definitiva.
En la declaración anual se puede determinar saldo a favor, saldo a cargo o en ceros, dependerá de los ingresos, las retenciones, las deducciones y los pagos provisionales de cada contribuyente. Se recomienda hacer un previo del cálculo anual para tomar las medidas correspondientes, ya sea relacionado con la determinación de ISR que debes pagar como contribuyente o para la determinación de la PTU en caso de que seas contribuyente que tiene trabajadores a su cargo.
Los contribuyentes personas físicas pueden tener regímenes fiscales diferentes y esto provoca que las obligaciones sean distintas y, por lo tanto, los puntos a revisar también pueden ser diferentes. Si existen errores, se cuenta con lo que resta del año para corregir, ya sea CFDI emitidos o recibidos, nóminas timbradas, pagos provisionales.
En la siguiente liga se puede tener acceso a los visores del SAT, para consultar tu información y en su caso realizar las correcciones necesarias.

LCP MIGUEL ANGEL ENRIQUEZ UREÑA




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