En la actualidad nos encontramos frecuentemente con empresas que manejan operaciones en moneda extranjera, no precisamente porque estén realizando operaciones con residentes en el extranjero, sino que, por razones comerciales, compran y/o venden sus bienes y/o servicios en una moneda diferente a la nacional.
Estas operaciones se ven reflejadas en la emisión de los CFDI correspondientes, sobre todo cuando son operaciones a crédito y al pagarse se realiza con una moneda distinta a la considerada en el CFDI de la venta.
En la actualización de la guía de llenado del Complemento de Pago, de fecha 31 de agosto del 2018, se presentan dos ejemplos del manejo de moneda extranjera en operaciones con pago en parcialidades o diferido. A continuación, se presentan estos dos ejemplos mencionados, considerando los campos relevantes para un correcto llenado de dichos CFDI.
1. En el apartado del Complemento de Pago denominado Documento Relacionado, en el campo Tipo de Cambio habrá que considerar el tipo de cambio que representa un dólar americano convertido a pesos mexicanos, en este ejemplo un dólar americano equivale a 17.7331 pesos.
2. El control de saldo inicial, importe pagado y saldo final, debe ser de acuerdo con la moneda indicada en el CFDI de ingresos de la operación realizada, en este caso pesos mexicanos.
1. En el apartado del Complemento de Pago denominado Documento Relacionado, en el campo Tipo de Cambio habrá que considerar el tipo de cambio que representa un peso mexicano convertido a dólar americano, en este ejemplo un peso mexicano equivale a 0.0566391719 dólar americano.
2. El control de saldo inicial, importe pagado y saldo final, debe ser de acuerdo con la moneda indicada en el CFDI de ingresos de la operación realizada, en este caso dólares americanos.
El campo que puede tener un poco más de confusión es el tipo de cambio del Documento Relacionado, cuando el CFDI se emite con moneda extranjera y el pago se realiza con moneda nacional, la regla para llenar este campo es la siguiente:
Es importante tener claro las operaciones que se realizan en moneda extranjera, para efectos de la correcta emisión del CFDI correspondiente, sobre todo cuando se trata de operaciones de pago en parcialidades o diferido, cuando la operación se acordó en una moneda y se paga con otra, para hacer las conversiones correctas en los campos respectivos.
M.F. Isabel Mundo Montoya
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