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SE PROLONGA PLAZO DE TRANSICIÓN PARA EMITIR CFDI CON CARTA PORTE SIN SANCIONES

El día 09 marzo de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer el primer anteproyecto de la tercera resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 e informa a través de sus redes oficiales, que “Se extiende el periodo de transición para emitir sin sanciones por errores el Complemento de Carta Porte, definiendo como nueva fecha el 30 de septiembre de 2022”.


Dice textualmente:

El uso del CFDI con complemento Carta Porte a que se refieren las reglas 2.7.7.1., 2.7.7.2., 2.7.7.3., 2.7.7.4., 2.7.7.5., 2.7.7.6., 2.7.7.7., 2.7.7.8., 2.7.7.9., 2.7.7.10., 2.7.7.11. y 2.7.7.12., será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.


Para efectos de lo dispuesto en los artículos 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, se entiende que cumplen con lo dispuesto en las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 30 de septiembre de 2022 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.

El CFDI con Complemento Carta Porte entró en vigor el primero de enero de 2022, el cual consiste en la digitalización de la información relacionada con el traslado de bienes y mercancías en todo el territorio nacional, en cualquier modo de transporte. Dicha prorroga considera el gradual proceso de incorporación por parte de algunos usuarios, eximiéndolos de sanciones por emitirlo sin contar con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”.


Para mayor información del Complemento Carta Porte puedes consultarla ingresando al minisitio:

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