top of page

PERSONAS FÍSICAS RESICO TIENEN HASTA DICIEMBRE 2022 PARA CONTAR CON LA FIEL

El SAT publicó en su portal un anteproyecto de la quinta resolución de modificaciones a la RMF para 2022 segunda versión anticipada, en la cual contempla que las personas físicas RESICO puedan obtener el Certificado de la Fiel a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Es importante señalar que aquellos contribuyentes personas físicas que inicien actividades y que hayan optado por tributar como RESICO deben tramitar el certificado de e.firma dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que iniciaron dichas actividades.

El hecho de no contar con la firma electrónica implica la salida del RESICO y la autoridad podrá asignarles el régimen fiscal correspondiente.


QUINTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2022 Y SUS ANEXOS 1-A Y 14 SEGUNDA VERSIÓN ANTICIPADA


Trigésimo Octavo.

Para los efectos del artículo 113-G fracción II de la Ley del ISR, los contribuyentes que opten por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, deberán contar con e.firma activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022. La e.firma se obtendrá cumpliendo con los requisitos y condiciones establecidos en las fichas de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma para personas físicas” y 106/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas físicas”, contenidas en el Anexo 1-A.


Los contribuyentes que inicien actividades deberán cumplir con lo señalado en el párrafo anterior, a más tardar dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que iniciaron actividades.

Los contribuyentes que no cumplan con lo dispuesto en esta disposición, no podrán tributar en el Régimen Simplificado de Confianza. Para tales efectos, la autoridad fiscal podrá asignar al contribuyente el régimen fiscal que le corresponda.


LCP Miguel Ángel Enríquez Ureña

681 visualizaciones

Comments


Commenting has been turned off.
bottom of page